Hospital deberá indemnizar a un joven por ser VIH positivo

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 22, a cargo de Ignacio Rebaudi, consideró que el demandante fue “discriminado”.

El joven, que hoy tiene 31 años, fue contactado mediante la red social Linkedin en enero de 2019 para desempeñarse como cajero nocturno. En febrero, luego de atravesar con éxito distintas entrevistas, se le solicitó el examen médico preocupacional, el psicotécnico y ambiental.

Entre otros estudios, le pidieron un test de VIH, una acción que, según la Resolución Nº 270/15 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, “es motivo de denuncia”.

Producto de dichos estudios, la clínica tomó conocimiento del diagnóstico del aspirante y “ello desembocó en que no fuera contratado por el Hospital Alemán”, señaló el texto judicial.

Previamente se había desestimado a otras dos personas en el mismo proceso, por lo cual el cuarto aspirante ocupó el lugar del joven discriminado.

Los fundamentos del juez

Si bien el Alemán asegura que el resultado de laboratorio no fue determinante para la contratación, el magistrado determinó que la institución “no ofreció ni produjo prueba que pueda permitir un análisis de esa decisión a los fines de desvirtuar la presunción de discriminación”.

El Hospital Alemán deberá pagar casi dos millones de pesos a un joven que se había postulado para trabajar en la institución y después de recibir un diagnóstico positivo de VIH, durante el examen médico preocupacional,  fue desestimado.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 22, a cargo de Ignacio Rebaudi, consideró que el demandante fue “discriminado”

El joven, que hoy tiene 31 años, fue contactado mediante la red social Linkedin en enero de 2019 para desempeñarse como cajero nocturno. En febrero, luego de atravesar con éxito distintas entrevistas, se le solicitó el examen médico preocupacional, el psicotécnico y ambiental.

Entre otros estudios, le pidieron un test de VIH, una acción que, según la Resolución Nº 270/15 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, “es motivo de denuncia”.

Producto de dichos estudios, la clínica tomó conocimiento del diagnóstico del aspirante y “ello desembocó en que no fuera contratado por el Hospital Alemán”, señaló el texto judicial.

Previamente se había desestimado a otras dos personas en el mismo proceso, por lo cual el cuarto aspirante ocupó el lugar del joven discriminado.

Los fundamentos del juez

Si bien el Alemán asegura que el resultado de laboratorio no fue determinante para la contratación, el magistrado determinó que la institución “no ofreció ni produjo prueba que pueda permitir un análisis de esa decisión a los fines de desvirtuar la presunción de discriminación”.

“Del relevamiento de pruebas efectuado se sigue que la prueba producida conforma (…) un cúmulo de indicios que por su número (pluralidad de indicios), gravedad (dar certeza), precisión (se interpretan en el mismo sentido) y concordancia (forman entre sí un conjunto armonioso) producen convicción respecto a que (el demandante) fue discriminado por el Hospital Alemán al ser portador de VIH“, agregó.

Además de contrariar normas nacionales y convenios internacionales contra la discriminación, el juez entendió que la clínica “incumplió” la resolución 270/2015 del Ministerio de Trabajo, que en su artículo 3 establece que “las ofertas de empleo no podrán contener restricciones por motivos tales como raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, posición económica, condición social, caracteres físicos, discapacidad, residencia o responsabilidades familiares”.

El artículo 4 de dicha resolución, además, especifica que puede ser denunciada como discriminación la “realización de estudios de laboratorio con el objeto de detectar el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida o V.I.H. en los postulantes a trabajador o trabajadora dentro de los exámenes preocupacionales”.

Por ese motivo, Rebaudi condenó al Hospital Alemán a pagar una indemnización por daños y perjuicios (daño moral, pérdida de chance y daño psíquico) de 1.950.000 de pesos.

“Una sentencia muy alentadora”

“Esta es una sentencia histórica, que sienta un precedente importantísimo para ponerle un freno a la discriminación en los ámbitos laborales”, advirtió Ciclo Positivo, una organización de activistas por el derecho a lal información y el acceso a la salud y a una educación de calidad, que difundió un comunicado en el cual remarcó que “discriminar no es gratis” y que “todas las personas tienen derecho a acceder a un empleo sin importar su diagnóstico”.

“Esta sentencia es muy alentadora, porque es la primera que toma como fundamento la Resolución 270/2015 (del Ministerio de Trabajo) que habilita denunciar el test de VIH en el preocupacional y, además, porque le pone a los empleadores que discriminan en el acceso al empleo, un precio muy alto a pagar”, celebró el presidente de la asociación, Matías Muñoz.

“Esperamos que pueda servir como herramienta para disuadir a las empresas que realizan estos test de manera ilegal”, agregó Muñoz, abogado y coordinador para Argentina de la Alianza Mundial contra el Estigma y la Discriminación.

Fabian S.
Fabian S.https://lgcba.com
CEO y fundador de LGCBA.com. Me interesa todo lo relacionado a recursos humanos, el turismo y el marketing digital. Soy Consultor de Social Media con experiencia en diversas plataformas de comunicación digital. Consultor / asesor en proyectos apuntados al segmento LGTTB

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